Prestadores de servicios de salud y autoridades municipales deben tener habilitados los servicios de transporte ambulatorio. Dirección Territorial expidió circular sobre obligatoriedad para la atención de urgencias

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La Dirección Territorial expidió la circular 079, dirigida a alcaldes municipales y gerentes de Empresas Sociales del Estado del departamento, mediante la cual se invita a todos los actores del sistema de salud a dar cumplimiento de las obligaciones, que de la prestación de servicios de urgencias se derivan de acuerdo a su responsabilidad.



El coordinador de la Red Pública del departamento, Héctor Uriel López Buitrago, explicó que los alcaldes municipales, desde el punto de vista de emergencias y desastres, deben contemplar, junto con los organismos de socorro, aquellas atenciones que impliquen las víctimas de accidentes de tránsito y eventos catastróficos. Recordó que la atención de urgencias es obligatoria en el país.

”La Dirección Territorial de Salud de Caldas expidió una circular, debido a los múltiples problemas que se han venido presentando con relación a aquellas atenciones de personas que sufren un accidente, un infarto, o que sufren otra patología de urgencias por fuera de los ámbitos normales de la prestación de los servicios de salud”, dijo el funcionario.

La expedición de la comunicación se da gracias a las competencias otorgadas a la Territorial en la Ley 715 de 2001, como ente rector de la salud en Caldas, y con el fin de reglamentar la prestación de servicios de urgencias en cada jurisdicción.

López Buitrago resaltó que los prestadores de servicios de salud, deben tener habilitados los servicios de transporte asistencial, aclarando que tanto el Plan de Beneficios como el SOAT cubren las contingencias de atención pre-hospitalaria y de urgencias, así como la atención en el servicio de traslado.

En Caldas hay habilitadas 142 ambulancias, de las cuales 122 son de transporte asistencial básico (TAB) y 20 de transporte asistencial medicalizado (TAM). En Manizales hay 34 de TAB y 13 de TAM.

“La Territorial de Salud, mediante la circular, emitió un recuento de la normatividad vigente para que  los alcaldes y en general a las autoridades de los municipios y los gerentes de las ESE tengan presenta la responsabilidad frente a la atención de urgencias”, finalizó el coordinador.

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  • Última actualización Miércoles 11 May 2022.