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Hoy 23 | Este mes 4993

ESTAS SON ALGUNAS PREGUNTAS SOBRE EL PROCESO DE PAZ

1. ¿Los colombianos podrán decidir sobre los acuerdos pactados en La Habana? Sí. La Corte Constitucional aprobó un plebiscito por la paz para que todos los colombianos decidan sobre lo acordado entre el Gobierno y las Farc.

2. ¿Las zonas de ubicación de las Farc son las mismas 'zonas de distensión'? No. Estas zonas son para capacitar y brindar educación a los excombatientes, para que se puedan reintegrar a la vida civil, en el marco de la legalidad. También, son zonas creadas para el proceso de desarme de los exguerrilleros.

Son 23 zonas veredales transitorias de normalización y  8 puntos transitorios de normalización, en donde se contarán con medidas de seguridad por parte de la Fuerza Pública, así como las labores de monitoreo y verificación del mecaniSmo internacional, liderado por la ONU.

3. ¿Cómo se repararán a las víctimas? En el proceso de paz, se implementará una herramienta denominada Justicia Transicional. Esta busca brindar la mayor satisfacción posible a las víctimas del conflicto armado, garantizándoles la justicia y verdad sobre los hechos, así como la reparación de los delitos cometidos por parte de las Farc y, por último, la no repetición.

4. ¿Los delitos de los guerrilleros serán castigados? Sí.  Esa es la función de la Jurisdicción Especial para la Paz, que será la encargada de  investigar, juzgar y condenar a los responsables de delitos y crímenes de guerra.

5. ¿Cómo serán las penas para los que cometieron delitos? El Tribunal para la Paz será en el encargado de declarar culpables o inocentes a los guerrilleros. 

Las penas serán así:
Quienes no reconozcan su responsabilidad y sean declarados culpables por el Tribunal para la Paz, serán enviados a la cárcel, hasta por un periodo de 20 años.
Quienes sí acepten, también serán privados de su libertad, pero no serán enviados a la cárcel. Su pena estará entre 5 y 8 años y, durante este tiempo, deberán hacer labores de reparación.

EN COLOMBIA SON 83.581 LOS JURADOS DE VOTACIÓN EN EL PLEBISCITO

La Registraduría Nacional del Estado Civil designo a 83.581 colombianos como jurados de votación para prestar su servicio en las votaciones del Plebiscito que se realizará el domingo 2 de octubre

Para el sorteo de dichos jurados se conformó una base de datos con la información ingresada por empresas privadas, entidades del Estado, instituciones educativas y universidades. Así mismo comités de campaña presentaron jurados de votación, entre municipales y departamentales.

En el Eje Cafetero son cerca de 25.000, que estarán en 53 municipios, 11.820 en Caldas quienes trabajaran en 27 poblaciones.

Los ciudadanos interesados en saber si fueron designados como jurados de votación podrán consultar en la página web de la Registraduría www.registraduría.gov.co o acudir a las sedes de la Registraduría en los 1.120 municipios.

Del mismo modo la Registraduría hizo la notificación respectiva, donde adicionalmente podrán saber qué día se realizará su capacitación. Adicionalmente, en Bogotá la Registraduría Distrital dispuso de la línea de atención telefónica a jurados de votación 243 63 43.

Por mandato de ley no pueden ser jurados de votación, los menores de 18 años y mayores de 61 años, funcionarios de la Justicia Contencioso Administrativa, las primeras autoridades civiles del orden nacional, departamental y Municipal y funcionarios que realizan tareas electorales.

También se incluye la exoneración de esta responsabilidad los miembros de las Fuerzas Armadas, Operadores del Ministerio de las Tics. Tampoco podrán ser jurados los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad 0 primero civil del Registrador Nacional, Registradores Distritales, Municipales o Auxiliares, ni de los Delegados del Registrador.

Las sanciones para las personas notificadas y que sin justa causa no concurran a desempeñar las funciones de jurado o las abandonen van desde la destitución del cargo que desempeñan si son servidores públicos, y si no lo son, a una multa equivalente hasta 10 salarios mínimos legales vigentes.

REGISTRADURÍA FACILITA HERRAMIENTA PARA CONSULTAR SITIO DE VOTACIÓN Y SI ES JURADO EN LAS ELECCIONES DE PLEBISCITO

La Registraduría Nacional del Estado Civil lanzo un aplicativo para dispositivos móviles, donde los colombianos pueden consultar su lugar de votación y verificar si fueron escogidos para prestar el servicio como jurados de votación el 2 de octubre en el Plebiscito 2016.

El aplicativo “infovotantes Plebiscito” funciona para los sistemas operativos IOS y Android. La herramienta tecnológica permite consultar en tiempo real el lugar de votación y si fue designado como jurado, desde la comodidad de su dispositivo móvil.

La aplicación se suma a la consulta por la página web de la entidad www.registraduria.gov.co, donde también pueden consultar donde sufragar o si deben ser jurado el domingo 2 de octubre.

Se actualiza de manera continua lo que permite hacer las siguientes consultas: Su lugar de votación: Indica la ciudad, dirección y mesa del puesto de votación donde está habilitado para ejercer su derecho al voto.

El dato

Jurados de votación: En este módulo si es designado como jurado de votación, la consulta le arrojará, los datos de la ciudad, puesto y mesa en donde debe ejercer el servicio como jurado votación el domingo 2 de octubre.

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