Gobernacion - Secretaría de Vivienda

UNIDAD DE GESTION DEL SECTOR AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO

 

FINALIDAD

 

Desarrollar los programas de apoyo y asistencia técnica en el de sector de agua potable y saneamiento ambiental básico para el Departamento de Caldas. Dentro de las políticas de descentralización que adelanta el Gobierno Nacional y de conformidad con los planes y programas del Departamento.

 

FUNCIONES

1.    Elaborar e implementar el plan Departamental de Agua Potable y Saneamiento Básico.

 

2.    Elaborar e implementar el plan anual de capacitación Sectorial del Departamento

 

3.    Elaborar e implementar el plan anual de asistencia técnica y coordinación interinstitucional.

 

4.    Contribuir a la modernización de las entidades prestadoras de servicios públicos domiciliarios.

 

5.    Obtener la información estadística del sector para conformar un sistema de información que permita una eficiente planificación de los proyectos, incluido el inventario técnico-sanitario.

 

6.    Elaborar y mantener actualizado un diagnóstico del estado del sector de agua potable y saneamiento básico, identificando las necesidades de las diferentes localidades para formular los correspondientes planes de desarrollo.

 

7.    Actuar como organismo de orientación, planeación, asesoría y capacitación de los Municipios en el manejo del ciclo del proyecto, así como en la administración, operación y mantenimiento de los sistemas de los sistemas.

 

8.    Asesorar a las empresas de servicios públicos, ESP, en los diseños, interventorías y la dirección técnica de los proyectos de acueducto y alcantarillado tanto técnicos como institucionales, que adelanten los Municipios y el Departamento.

 

8.    Asesor y orientar a los Municipios en la obtención de los recursos del crédito para inversión con la Banca Nacional e Internacional y otros organismos de crédito, así como los recursos provenientes de cofinanciación.

 

9.    Canalizar       y controlar los recursos que los organismos internacionales, el Gobierno Nacional, Departamental, Municipal y otros, destinen para dotación y prestación de servicios.

 

10.   Apoyar a las entidades del Sector: Comisión Reguladora, Superintendencia de Servicios Públicos, Dirección de Agua Potable y Saneamiento y demás que tengan competencia en la difusión de normas, planes y acciones que sean del caso para el cumplimiento de las funciones que a cada una corresponda, así como en el suministro de documentación e información que éstas demanden.

 

11.  Velar por el cumplimiento de las normas técnicas sobre diseño, construcción, operación y mantenimiento  de los servicios de agua potable y saneamiento básico.

 

12.  formar y coordinar el Comité Departamental para la gestión del sector Agua Potable y Saneamiento básico.

 

13.  Asesorar en la preparación de documentos y elementos de apoyo a las Administraciones Municipales, en materia de licitaciones, términos de referencia, concursos de méritos y contratación de obras y estudios.

 

14.  Coordinar y cooperar con otras Entidades del Sector en labores complementarias y Reforestación de cuentas hidrográficas y evaluación del impacto ambiental, desarrollo comunitario, y control de calidad de agua.

 

15.  Adelantar todas las actividades relacionadas con la motivación, promoción, información y participación de la comunidad a fin de integrarla a la gestión pública, apoyando y supervisando dichas actividades.

 

16.  Adelantar todas las actividades relacionadas con la motivación, promoción, información y participación de la comunidad a fin de integrarla a la gestión pública, apoyando y supervisando dichas actividades.

 

17.  Promover y coordinar programas de educación sanitaria para usuarios.

 

18.  Promover y realizar los programas de capacitación que requieren las empresas de servicios públicos, ESP, en coordinación con la dirección de Agua Potable y saneamiento Básico del Ministerio que tenga a cargo la dirección del sector a nivel nacional.

 

19.  Asesorar ¡a elaboración de los censos, estudios socioeconómicos y tarifarios en concordancia con las normas previstas por las autoridades competentes :Comisión Reguladora, Superintendencia de servicios públicos y demás que sean pertinentes.

 

20.  Asesorar el proceso de facturación de los servicios para cada uno de los sistemas de micro medición, detección y control de fugas.

 

21.  Supervisar la gestión que realizan los Municipios en fa prestación de los servicios de agua potable y saneamiento básico.

 

22.  Cumplir con las leyes, normas, políticas y procedimientos de la Secretaría

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 SECRETARIA DE VIVIENDA

 

MISIÓN

 

Fomentar la vivienda de interés social, gestionar los recursos de complementación exigidos por los planes de vivienda de interés social en el nivel local, coadyuvar al fortalecimiento del sistema Departamental de vivienda de interés social, promover la organización social en los sectores  marginados que demanden soluciones de vivienda y asesorar al nivel local en los proyectos y planes de vivienda de interés social y  todo ello orientado a procurar el mejoramiento en la calidad de vida de la población caldense.

 

OBJETIVO

 

La Secretaría buscará siempre la solución integral al problema de vivienda de interés social principalmente, por lo tanto los planes que abarcará, serán la construcción de ésta y el mejoramiento de la ya existente; en la realización de estos proyectos deberán estar garantizadas la construcción de las obras de entorno y urbanismo, y en lo posible velará porque se cumpla por parte de los organismos oficiales competentes, la construcción de los servicios adicionales como escuelas, áreas de recreación, centros de salud y similares.

 

FUNCIONES

 

Son funciones de la Secretaría de Vivienda, las siguientes.

 

1.            Adoptar programas de vivienda de interés social en los municipios del Departamento de Caldas.

 

2.            Velar porque la política económica y los planes y programas de desarrollo económico y social,  incluyan lo relativo a la vivienda de interés social, participando en su formulación para ser adoptada en el departamento de Caldas.

 

3.            Formular la política del Gobierno Departamental  sobre vivienda de interés social y equipamiento comunitario, para implementarla en los diferentes municipios de Caldas.

 

4.            Adoptar planes y programas de recopilación, análisis y divulgación de investigaciones técnicas y científicas,  en el tema de vivienda social.

 

5.            Formular políticas conjuntamente con entidades del Sistema Nacional de Vivienda, para el desarrollo de  los procesos de planeación y presupuestación, de acuerdo con las leyes vigentes.

 

6.            Dirigir el sistema de información departamental,  sobre  el déficit habitacional en los sectores vulnerables, demanda departamental de vivienda de interés social y oferta inmobiliaria de vivienda social, todo esto integrado a los sistemas de información municipales.

 

7.            Formular mecanismos que permitan suplir la demanda de vivienda social,  mediante la integración de la oferta institucional de subsidios y créditos.

 

8.            Adoptar planes que contengan  los criterios y propuestas,  para la asignación de recursos de cofinanciación, destinados a vivienda social por parte del Departamento.

 

9.            Formular  políticas de financiación de vivienda social,  en todas sus modalidades: vivienda nueva, vivienda usada, vivienda mejorada, mejoramiento barrial y titularización de vivienda.

 

10.         Hacer que se propicie la destinación de suelo urbanizado y urbanizable, en áreas de expansión urbana y suburbana, para atender la demanda de vivienda de interés social,  en los respectivos planes de ordenamiento territorial y orientar a las autoridades municipales en la utilización de los instrumentos de reforma urbana previstos en las leyes 09/89 y 388/97 y demás que las condicionen, modifiquen o complementen, en coordinación con la secretaria de Planeación  Departamental.

 

11.         Formular políticas departamentales, municipales y nacionales de desarrollo en materia de vivienda social y realizar su evaluación y seguimiento,  conjuntamente con la Secretaría de Planeación Departamental y las entidades que intervienen en el desarrollo urbano departamental y municipal.

 

12.         Adoptar planes y programas que conlleven a la  elaboración de un diagnóstico sobre mejoramiento de vivienda y vivienda nueva para los sectores sociales tanto urbano como rural en coordinación  con los municipios del departamento.

13.         Gestionar con la Nación, constructores privados y entidades financieras privadas, apoyo técnico y financiero para que en los municipios con más necesidades se construyan proyectos de Vivienda de Interés Social.

 

14.         Dirigir en coordinación con los municipios y las demás entidades del orden Nacional y Departamental, la elaboración del diagnóstico sobre viviendas en zonas de alto riesgo, para promover e implantar programas y proyectos de reubicación y construcción de vivienda para las personas que habitan en estos sitios.

 

15.         Adoptar planes, programas y proyectos, que conlleven al fortalecimiento o creación de los fondos de vivienda municipal, para que formen parte de la estructura de financiación de los programas de vivienda de interés social

 

16.         Brindar el acompañamiento necesario a los fondos de vivienda municipal, que les permitan la participación  de los diferentes entes del sector nacional, Departamental, municipal y privados, facilitando el acercamiento para promover la construcción de vivienda de interés social.

 

17.         Formular políticas, para la creación, organización y funcionamiento de los Bancos de Tierras en los municipios del Departamento, con el fin de que los programas de vivienda de interés social, estén  enmarcados dentro de los planes de ordenamiento territorial.

 

18.         Estudiar y proponer mecanismos de negociación y concertación entre constructores, entidades financieras y usuarios, a fin de que los créditos de vivienda se otorguen, con base en análisis sobre especificidades de los beneficiarios caldenses.

 

19.         Dirigir la formulación de los planes, programas y proyectos de vivienda que debe promocionar la Administración Central y someterlos a consideración de las autoridades competentes.

 

20.         Dirigir y controlar la ejecución de los proyectos de vivienda y entorno.

 

21.         Adoptar planes de cooperación pública, comunitaria y privada para impulsar y desarrollar la vivienda social en Caldas y propender por la consolidación y dinamización del sistema departamental de vivienda de interés social..

 

22.         Representar al Departamento de Caldas en todo lo relativo a la política de vivienda.

 

23.         Hacer que se convoque a las autoridades municipales,  para concertar acciones a favor de la promoción de la vivienda de interés social, así como para que desarrollen los instrumentos legales, técnicos, financieros, administrativos y de concertación y movilización social.

 

24.         Implementar con carácter funcional, la Unidad de Aguas Departamental que trazará las políticas que en materia de agua potable y saneamiento básico rijan para el Departamento.

 

25.         Gestionar la presentación de proyectos y la consecución de recursos para el sector Agua potable y saneamiento básico ante los diferentes entes del orden nacional e internacional.

 

26.         Cumplir las demás funciones que le asigne la autoridad competente y que sean acordes con la naturaleza de la dependencia.

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  • Última actualización Miércoles 11 May 2022.