Secretaria de Educacion

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SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

 

MISIÓN

 

Direccionar la prestación del servicio educativo en el marco referencial de la Ley, con criterios de efectividad administrativa, técnica, financiera y curricular, en el ámbito regional, proyectando la cualificación del servicio como función social para formar ciudadanos en el respeto a los Derechos Humanos, al Medio Ambiente, La Paz, la Democracia y la convivencia social, promover la preservación de los Principios, Valores y tradiciones culturales e históricas del hombre caldense, propiciando su evolución socio-cultural, ética, científica, tecnológica y futurista.

 

OBJETIVOS

 

  1. Dirigir la educación de conformidad con los preceptos constitucionales, formular y adoptar las políticas, planes, programas y proyectos hacia el cumplimiento de los fines y objetivos de la educación.

 

  1. Procurar que a través de la educación se forme a los Caldenses en el respeto a los valores que defienden la convivencia, los derechos humanos, la paz y la democracia, en la práctica del trabajo, la recreación, y en el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y la protección del ambiente.

 

  1. Velar por la calidad de la educación, mediante el ejercicio de las funciones de regulación y evaluación, para lograr la formación moral, espiritual, afectiva e intelectual de los Caldenses.

 

  1. Garantizar el adecuado cubrimiento del servicio público de la educación con la participación de las entidades territoriales, la sociedad y la familia.

 

  1. Promover la formación integral de los Caldenses, con prevalecía del derecho fundamental de los niños a la educación.

 

  1. Promover mecanismos que den iguales oportunidades para el acceso a la educación de las personas con limitaciones físicas, mentales y sensoriales, o con capacidades excepcionales, así como de los grupos étnicos, respetando el desarrollo de su integridad cultural.

 

  1. Impulsar y promover el potencial del talento humano, como elemento fundamental para lograr procesos de desarrollo sostenible en el país.

 

FUNCIONES GENERALES

 

La Secretaría de Educación Departamental dentro del territorio de su jurisdicción, en coordinación con las autoridades nacionales, municipales y de conformidad con la Constitución Política, ejecutará las políticas, estrategias, objetivos y metas fijadas para el servicio educativo. Ejercerá las competencias y funciones en armonía con las asignadas por la Ley, tales como:

 

  1. Prestar asistencia técnica educativa, financiera y administrativa a los municipios.

 

  1. Administrar y responder por el funcionamiento del sistema de información educativa departamental y suministrarla a la Nación en condiciones de oportunidad y calidad.

 

  1. Apoyar técnica y administrativamente a los municipios de conformidad con lo establecido por la ley.

 

  1. Certificar a los municipios que cumplen los requisitos para asumir la administración autónoma de los recursos del sistema general de participaciones.

 

FUNCIONES FRENTE A LOS MUNICIPIOS NO CERTIFICADOS

 

  1. Dirigir, planificar y prestar el servicio educativo en los niveles de preescolar, básica y media, en sus distintas modalidades, en condiciones de equidad, eficiencia y calidad.

 

  1. Administrar y distribuir entre los municipios de la jurisdicción los recursos financieros provenientes del sistema general de participaciones, destinados a la prestación de los servicios educativos a cargo del departamento.

 

  1. Administrar, ejerciendo las facultades señaladas en la ley, las instituciones educativas y el personal docente y administrativo de los planteles educativos, sujetándose a la planta de cargos adoptada de conformidad con la ley que regule la materia. Para ello, realizará concursos, efectuará los nombramientos del personal requerido, administrará los ascensos y trasladará docentes entre los municipios.

 

  1. Participar con recursos propios en la financiación de los servicios educativos a cargo del estado, en la cofinanciación de programas y proyectos educativos y en las inversiones de infraestructura, calidad y dotación.

 

  1. Mantener la cobertura actual y propender por su ampliación.

 

  1. Evaluar el desempeño de rectores, directores y en general de los docentes directivos.

 

  1. Ejercer la inspección, vigilancia y supervisión de la educación en el departamento, en ejercicio de la delegación que para tal fin realice el Presidente de la Republica.

 

  1. Prestar asistencia técnica y administrativa a las instituciones educativas cuando a ello haya lugar.

 

  1. Promover la aplicación y ejecución de planes de mejoramiento de la calidad.

 

  1. Distribuir entre los municipios los docentes, directivos y empleados administrativos de acuerdo con las necesidades del servicio y de conformidad con la normatividad vigente.

 

  1. Distribuir la planta departamental de personal docente, directivo y administrativo, atendiendo los criterios de población atendida y por atender en condiciones de eficiencia, siguiendo la regulación nacional sobre la materia.

 

  1. Organizar la prestación y administración del servicio educativo en el departamento.

 

  1. Vigilar la aplicación de la regulación nacional sobre la tarifas de matriculas, pensiones, derechos académicos y otros cobros, en los establecimientos educativos.

 

  1. Elaborar, proponer y ejecutar las políticas, planes y programas de educación del Departamento en función de la coordinación, subsidiariedad y concurrencia con las competencias de los municipios, buscando apoyar la mejor, más equitativa y pertinente prestación de la educación por las instituciones escolares de su territorio.

 

  1. Organizar y garantizar el Servicio Educativo Estatal en el Departamento e intermediar las relaciones entre la Nación, los municipios, las asociaciones de municipios y provincias en Caldas.

 

  1. Regular el servicio educativo en concurrencia con los municipios y de acuerdo con la Ley.

 

  1. Adoptar las estrategias que sean necesarias para el cumplimiento de las metas previstas para el sector en el Plan de Desarrollo del Departamento, y formar parte del Sistema Departamental de Evaluación y Seguimiento.

 

  1. Fomentar el desarrollo de estándares de acreditación de las instituciones educativas públicas y privadas de educación formal y no formal y aprobar su creación y funcionamiento.

 

  1. Programar, en coordinación con los municipios, la capacitación de docentes, directivos docentes y administrativos del servicio educativo estatal.

 

  1. Fomentar y prestar asistencia técnica a los municipios en aspectos de gestión y desarrollo pedagógico, buscando mejorar la prestación del servicio en educación preescolar, básica, media y en modalidades no formales e informales, de conformidad con el principio de subsidiaridad que defina la Ley.

 

  1. Promover y producir la información requerida por el sistema educativo para su planeación, gestión y evaluación, de acuerdo a las normas nacionales y a las necesidades departamentales, municipales y locales; además, auditar la calidad de la misma.

 

  1. Promover la coordinación entre sectores como cultura, bienestar social y salud, con los organismos encargados del desarrollo económico, social y agropecuario, para lograr su concurrencia en el servicio educativo y la definición de programas y proyectos conjuntos para el desarrollo integral de la comunidad Caldense.

 

  1. Contribuir con el buen funcionamiento de la Junta Departamental de Educación, la Junta Seccional de Escalafón y el Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio.

 

  1. Preparar y proponer los planes de desarrollo del Sector Educativo, de manera que atiendan las necesidades de desarrollo económico y social del departamento de Caldas.

 

  1. Adoptar y financiar programas de mejoramiento educativo, que se determinen en el Plan de Desarrollo Departamental.

 

  1. Velar por el cumplimiento de la Ley y los reglamentos que rigen al Sector educativo.

 

  1. Dirigir la actividad administrativa del Sector educativo y los programas intersectoriales que se desarrollen en el Departamento de Caldas.

 

  1. Orientar las acciones educativas en el departamento con la colaboración de la comunidad educativa, en concordancia con las normas vigentes.

 

  1. Formular políticas institucionales e indicadores de gestión administrativa y pedagógica.

 

  1. Administrar y soportar técnicamente los sistemas de información que funcionen en las diferentes unidades de la Secretaría de Educación.

 

  1. Orientar las políticas que permitan desarrollar con eficiencia y calidad el sistema básico de información de la secretaria de educación atendiendo los lineamientos que para el efecto emita el ministerio de educación nacional

 

  1. Planear y adelantar las acciones necesarias para desarrollar, con criterios de oportunidad, económica y efectividad, la labor de mantenimiento tanto de hardware como del software existente.

 

  1. Identificar los requerimientos y proponer las acciones necesarias, para la actualización y modernización de los equipos de cómputo y comunicaciones, al igual que de los sistemas de información.

 

  1. Prestar asesoría en el diseño, desarrollo e implantación de la infraestructura de comunicaciones y de los sistemas de información, en las unidades de la Secretaría y Municipios, para garantizar el flujo de información entre los niveles e instancias del Sector.

 

  1. Las demás que le sean asignadas por la Ley y los reglamentos.

 

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  • Última actualización Miércoles 11 May 2022.