UNIDAD DE TRANSITO

 Gobernacion - Secretaría de Gobierno

UNIDAD DE TRANSITO

 

FINALIDAD

 

Organizar y controlar lo relacionado con el Tránsito Terrestre dentro del territorio, adelantando campañas de educación, prevención y corrección en seguridad vial y señalización en coordinación con las autoridades territoriales, verificando el cumplimiento de las normas de tránsito terrestre automotor en sus diferentes modalidades.

 

FUNCIONES

 

Son funciones de la Unidad de tránsito, las siguientes:

 

  1. Cumplir con las funciones contenidas en el Código Nacional de tránsito Terrestre y las que modifiquen, adicionen o reglamenten , las delegadas en materia de Transporte por el Gobierno Nacional y las demás normas que asignen funciones a los organismos departamentales de tránsito.

 

  1. Organizar y controlar lo relacionado con el tránsito terrestre, dentro del territorio.

 

  1. Adelantar campañas de educación en seguridad vial y señalización, dentro del perímetro del departamento de caldas, en coordinación con las autoridades territoriales.

 

  1. Orientar a los municipios del departamento, en la preparación de programas y proyectos de organización y funcionamiento en los aspectos de tránsito terrestre, así como promover la coordinación eficaz y eficiente entre ellos.

 

  1. Adelantar los estudios necesarios para la adecuada organización y planificación del tránsito terrestre en el departamento.

 

  1. Coordinar con la Policía de Carreteras y demás autoridades competentes, las campañas de seguridad vial y los operativos de control, para verificar el cumplimiento de las normas de tránsito terrestre automotor en sus diferentes modalidades dentro del territorio de su jurisdicción.

 

  1. Hacer cumplir las disposiciones vigentes, dispuestas por el Código Nacional de Tránsito Terrestre y los estatutos del transporte terrestre.

 

  1. Ejecutar las políticas, planes y programas, aprobados por el Ministerio del Transporte a nivel territorial y adoptar las medidas necesarias para su cumplimiento.

 

  1. Evaluar los resultados de la ejecución de los planes y programas, en educación, seguridad vial y señalización, proponer al Ministerio de Transporte o ente respectivo, los ajustes y modificaciones que fueren necesarios.

 

  1. Expedir los actos administrativos contemplados en el Código Nacional de Tránsito Terrestre y adelantar las acciones para el desarrollo y ejecución de sus disposiciones.

 

  1. Formular planes y programas relacionados con las actividades de tránsito y transporte terrestre en el departamento.

 

  1. Crear el registro de automotores matriculados en los organismos de tránsito departamental, para tal efecto los municipios donde existan dichos entes deberán remitir la información necesaria a la Unidad de Tránsito.

 

  1. Orientar, coordinar, dirigir y prestar los servicios en materia de tránsito, tales como expedición de licencias de conducción, matrícula de vehículos, trámites conexos y los demás definidos en el Código nacional de Tránsito.

 

  1. Preparar y divulgar las estadísticas sobre las actividades de tránsito terrestre dentro del departamento, en coordinación con las entidades correspondientes.

 

  1. Apoyar a los organismos municipales de tránsito clase “A”, en las funciones que requiera para la buena marcha de los mismos, sin detrimento de los servicios que debe prestar en los demás entes territoriales según los términos dispuestos por el Código Nacional de Tránsito Terrestre.

 

  1. Velar por el cumplimiento de las disposiciones del orden nacional, departamental y municipal en materia de tránsito terrestre.

 

  1. Realizar campañas educativas, preventivas y correctivas en materia de tránsito dirigidas a conductores, peatones, estudiantes, guardas bachilleres, policía cívica de tránsito y ciudadanía en general.

 

  1. Las demás funciones que le sean asignadas por Leyes y normas en materia de tránsito o de transporte terrestre, expedidas por las autoridades competentes.

 

 

 

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  • Última actualización Miércoles 11 May 2022.