UNIDAD DE RENTAS DEPARTAMENTALES
INFORMACION O SERVICIOS QUE SE PRESTA A LA COMUNIDAD
Para el año 2003, los formularios para tramitar el impuesto del vehículo, es vendido en tos los las oficinas de BANCAFE, en el Departamento de Caldas.
La liquidación del vehículo puede hacerse a través de BANCAFE principal, la línea gratuita 018000 o por Internet, por medio de la ruta, www.gobernaciondecaldas.gov.co Secretaria de Hacienda – Unidad de Rentas Departamentales- Vehículos-liquidación.
Los pagos del impuesto del vehículo, se realizan, en las oficinas de BANCAFE ubicadas en los Municipios del Departamento de Caldas.
Para el año 2002 y anteriores, los formularios son vendidos en las oficinas de BANCAFE, del Departamento de Caldas
La liquidación del vehículo se realizan en la oficina 310 del Edificio Licorera.
Los pagos se realizan en cualquier oficina de BANCAFE en el Departamento de Caldas.
Señor usuario: si usted no cuenta con el dinero suficiente, para el pago de sus impuestos, la unidad de Rentas Departamentales, efectuará con usted un acuerdo de pago.
Tarifas vigentes en el impuesto de vehículos:
Si el avaluó comercial de su vehículo es:
- Hasta $26’392.000 1.5%
- Desde $26’392.001 hasta $59’382.000 2.5%
- Desde $59’382.001 3.5%
Según Decreto 3262 de Diciembre de 2002
La sanción por extemporaneidad es del 5% del valor del impuesto, por cada mes o fracción de mes, sin exceder el 100% del impuesto. No aplica la tarifa mínima.
Intereses moratorios: 2,2150 por mes.
PASOS A SEGUIR, PARA PAGAR EL IMPUESTO DEL VEHÍCULO
- Comprar el formulario en cualquiera de las oficinas de BANCAFE Departamento de Caldas.
- Realice la liquidación privada.
- Pague en BANCAFE.
Para su servicio contamos con 6 funcionarios permanentemente, en las instalaciones del Banco Cafetero, oficina principal, frente al Ley; ellos lo asesoraran en este trámite.
OTROS SERVICIOS
ESTAMPILLA PRODESARROLLO
Los actos y documentos sobre los cuales será obligatoria el uso de la estampilla Pro-Desarrollo Departamental serán los que a continuación se relacionan, y pagarán el 4*1000. Todos ellos celebrados en el Gobierno Departamental y/o sus entidades descentralizadas.
a. Todo contrato escrito, celebrado con personas naturales o jurídicas. Se exceptúan los contratos Interadministrativos celebrados con las juntas de acción comunal, los de empréstito cuando el Departamento y/o Entidades descentralizadas sean prestatarios o deudores.
b. Todo pliego para licitación pública.
c. Toda adición de contrato escrito. El cobro se hará sobre el valor de dicha adición.
d. Toda cuenta u orden de pago a favor de proveedores.
e. Todo reconocimiento de prestación de servicios que no haya requerido de contrato escrito.
f. Todo paz y salvo, certificado, constancia expedida en cualquiera de las oficinas de orden Departamental y/o sus Institutos Descentralizados, incluyendo los paz y salvos de Impuestos de vehículos Automotores.
ESTAMPILLA PROUNIVERSIDAD (1%)
Los actos, documentos, servicios y operaciones sobre los cuales será obligatorio el uso de la Estampilla Pro-Universidad de Caldas y Universidad Nacional Sede Manizales, son los siguientes:
a. Todo contrato escrito celebrado entre el Departamento de Caldas o los Municipios del mismo y personas naturales o jurídicas. Se exceptúan los contratos celebrados con las entidades sin ánimo de lucro, los de Empréstito y los supernumerarios que ganan hasta un salario mínimo.
b. Todo pliego de licitación o concurso público que no este sujeto a otro tipo de gravamen
c. Toda adición de contrato escrito. El cobro se hará sobre el valor de dicha adición.
ESTAMPILLA PROHOSPITAL (2%)
Los actos y documentos sobre los cuales será obligatorio el uso de la Estampilla ProHospital de Caldas, serán los relacionados con la ejecución de partidas provenientes de la nación, tales como Situado Fiscal, la participación de la Comisión Nacional de Regalías, Fondos de Compensación, FINDETER, Ministerios, Establecimientos Públicos.
a. Todo contrato escrito, celebrado con personas naturales o jurídicas. Se exceptúan los contratos celebrados con las Juntas de Acción Comunal y los de Empréstito.
b. Todo Pliego de Licitación Pública.
c. Toda adición de contrato escrito. El cobro se hará sobre el valor de dicha adición.
d. Todos los contratos cuyo objeto sea la comercialización de los juegos de azar.
PUBLICACION
Ver Gaceta No. 6244, Articulo 15 de febrero 13 de 2003
UNIDAD DE TESORERIA
INFORMACION O SERVICIOS QUE SE PRESTA A LA COMUNIDAD
Pago docentes departamentales
Pago pensionados departamentales
Atención a quejas y reclamos pagos y descuentos
Certificación factores salariales para bonos pensionales, cesantías totales y parciales.
Atención a usuarios de cooperativas, bonos y proveedores de consumo.
Reliquidación de expedientes, actualización de mesadas pensionales.
Aplicación de embargos y recepción de los diferentes jubilados del orden departamental.
La Unidad de Tesorería esta ubicada en la carrera 21 con calle 23 esquina Edificio Licorera (Bajos), teléfono: 8831755 – Fax: 884867. Los usuarios pueden ser atendidos en el siguiente horario: 8:00 – 12:00m y 2:00-6:00pm.